Con la firma del
contrato de franquicia quedan establecidos legalmente los acuerdos que habrán de respetarse durante el tiempo pactado, principalmente el derecho a la distribución del servicio/producto con la marca y distintivos propios de la
franquicia.
Cada contrato es diferente y varía según el giro del negocio, la ubicación y demás factores; no obstante, a continuación te presentamos algunos de los puntos que no deben faltar:
- Identificación de ambas partes. Datos de franquiciante y franquiciatario, sean personas físicas o morales.
- Propiedad de marca. Hacer constar que se cuenta con los derechos sobre la marca (y todo lo relacionado) del producto/servicio que se ofrece.
- Cesión de derechos. Se consentirá el uso de la marca y distintivos del negocio, y se especificarán las normas para su correcto manejo.
- Transmisión de procesos. Manuales operativos, administrativos, know how, etc.
- Requisitos para el establecimiento. Equipo e instalaciones necesarias. Se detalla tanto lo que franquiciante aportará, como lo que debe de disponer el franquiciatario.
- Disposiciones sobre los precios. Recomendación del franquiciante sobre la venta de los productos o servicios.
- Campañas publicitarias. Lo que se puede hacer y lo que no, por ambas partes.
- Garantizar soporte al franquiciatario. Asesoría así como asistencia técnica durante la vigencia del contrato.
- Exclusividad de zona. Certificar que será la única franquicia en determinado territorio.
- Obligaciones del franquiciatario. Pagos de la concesión, exclusividad a proveedores, regalías, etc.
- Duración. Por lo general suelen durar de 3 a 5 años, sin embargo, cualquiera que fuere la duración, habrá que estipular las condiciones en caso de renovación.
- Cláusulas. Motivos de terminación del contrato, confidencialidad, resolución de conflictos, etc.
El
contrato de franquicia debe ser consensual, cooperativo y de beneficio para ambos participantes.